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Patente Provisoria

Es una autorización transitoria que posibilita el ejercicio de una actividad por el plazo de dos años.

Es una autorización transitoria que posibilita el ejercicio de una actividad por el plazo de dos años. Ampara el ejercicio de actividades comerciales, profesionales, cualquiera sea su naturaleza o denominación.

Para otorgar este tipo de patente, debe contar con informe “Favorable/Observaciones”, como la falta de recepción definitiva y que dicha actividad comercial se encuentre contemplada en la ordenanza de patentes provisorias vigente; considerando además su uso permito según Plan Regulador Comunal.

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Ordenanza Patentes Provisorias

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DEPARTAMENTO DE

PATENTES Y RENTAS MUNICIPALES

Diciembre 2025