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Patente Microempresa Familiar

Es una modalidad sujeta a un régimen especial, con requisitos específicos que se encuentran contenidos en la Ley N°19.749.

Conforme con la normativa vigente, para optar a este tipo de patente no se requiere contar con los requisitos de uso de suelo establecidos en la planificación urbana.

• La actividad económica que constituye su giro debe desarrollar sus actividades en la casa habitación familiar.

• La microempresas debe contar con no más de cinco trabajadores extraños a la familia.

• Sus activos productivos no exceden las 1.000 UF (no se considera el valor de la vivienda en que funciona)

• Debe desarrollar una actividad económica lícita, la cual no es contaminante, peligrosa ni molesta.

• El destino de la propiedad debe ser habitacional.

 

 

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Ley N°19.749

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PATENTES Y RENTAS MUNICIPALES

Diciembre 2025